Para el cliente el servicio de Virtual Private Cloud (VPC) constituye una extensión de su CPD, dado que se trata de una sección privada y aislada dentro de la infraestructura compartida y multicliente (multi tenant) que constituye la nube pública de InterHost, con acceso remoto privado y seguro (conexión VPN). De facto se presupone interoperación entre los servicios del CPD y de la red corporativa del cliente y la VPC alojada en el proveedor, que se comporta como una extensión en la nube del antedicho CPD. En abstracto se puede obviar esta dependencia y pensar en la VPC como una sección de la nube pública del proveedor conectada a Internet y con acceso directo de los usuarios, en cuyo caso caeríamos en el concepto habitual de nube pública.
En resumen la VPC puede emplearse para un escenario entreprise to cloud –extensión del CPD de la empresa–, un escenario enterprise to cloud to end user –el usuario de Internet accede a los servicios de la VPC, que a su vez interopera con el CPD corporativo del cliente–, o end user to cloud que sería el caso más habitual dónde la nube pública aloja el sistema de información completo “publicado” en Internet (nube pública).